Al igual que en otras regiones del Sur Global, grupos e individuos en América Latina se han involucrado y comprometido en litigios para contrarrestar los daños ambientales que amenazan el goce de sus derechos humanos. El cambio climático, sobre todo como argumento secundario, está impregnando lentamente esta forma de litigio estratégico basado en los derechos. Este artículo identifica y examina tres oportunidades constitucionales en América Latina: la prevalencia de los derechos ambientales constitucionales, la apertura al derecho internacional, y el uso generalizado de los "amparos" constitucionales. Además, para ofrecer un panorama más completo, se problematizará el futuro desarrollo del litigio climático analizando brevemente cómo el extractivismo plantea limitaciones estructurales al mismo.
Derechos ambientales constitucionales en los litigios sobre el clima
Los 23 casos climáticos, basados en los derechos humanos, presentados en diferentes jurisdicciones latinoamericanas han argumentado que el cambio climático supone una amenaza para los derechos ambientales. La mayoría, sin embargo, no cita el cambio climático como preocupación principal, sino como un argumento adicional para la protección ecológica. Es por ello que dichos casos se han basado en el derecho constitucional a un medioambiente sano así como en los derechos procesales y sustantivos relacionados con la degradación del medioambiente. Esto no es de extrañar ya que 20 constituciones latinoamericanas reconocen estos derechos. Su uso ha reforzado la protección del medioambiente y ha allanado el camino a litigios mucho más complejos. Por ejemplo, la demanda por parte del Instituto de Estudos Amazônicos contra Brasil amplía el derecho constitucional que se tiene a gozar de un medio ambiente ecológicamente equilibrado en búsqueda del reconocimiento del derecho a un clima estable.
El derecho internacional en el Foro Domestico
La mayoría de los Estados latinoamericanos son monistas: el derecho internacional es equivalente al derecho interno y es directamente aplicable. De hecho, en la mayoría de los casos climáticos que se encuentran basados en los derechos humanos, los litigantes invocan las obligaciones de los Estados derivadas de los tratados y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta última es importante porque ha desarrollado estándares de derechos humanos en contextos medioambientales, especialmente en la Opinión Consultiva 23/17 y en su sentencia Lhaka Honhat. La Corte Interamericana ha aclarado que el derecho a un medio ambiente sano es un derecho autónomo y justiciable. Estas novedosas herramientas jurisprudenciales ya están influyendo las estrategias jurídicas ante los tribunales nacionales, por ejemplo en Brasil y México, y seguirán haciéndolo en el contexto de los litigios climáticos.
‘Amparos’ ecológicos
El procedimiento o recurso de amparo está presente en todas las constituciones latinoamericanas. Dependiendo de la jurisdicción, el amparo puede adoptar una forma diferente, pero es esencialmente un recurso para proteger los derechos de manera expedita, que generalmente puede ser presentado contra actores públicos o privados en cualquier momento y sin representación legal. En Colombia, el amparo se denomina Tutela, y los tribunales superiores han utilizado su naturaleza flexible para ampliar la legitimación en aras de dar cabida a los menores como demandantes. Por ejemplo, la Tutela Generaciones Futuras contra Colombia fue presentada por 25 jóvenes: reconoció el vínculo entre la deforestación, el cambio climático y los derechos humanos y ordenó al gobierno que protegiera la Amazonía. Poco después comenzaron a surgir amparos similares relacionados con el clima en otras jurisdicciones latinoamericanas como Perú, Argentina y México.
El extractivismo como obstáculo para los litigios sobre el clima
El advenimiento de los litigios climáticos en América Latina se produce a la par que el desplome de los precios de las materias primas. Sin embargo, varios Estados latinoamericanos no gozan de las condiciones adecuadas para adoptar reformas económicas respetuosas con el medio ambiente debido a las obligaciones derivadas de los acuerdos con el sector extractivo. El resultado es que el extractivismo se convierte en la única forma de financiar el gasto público de los Estados. Combinado con el diseño "hiperpresidencialista" de muchas constituciones latinoamericanas, esto crea el marco perfecto para la injerencia del ejecutivo en el poder judicial, ya sea de manera explícita o implícita.
Esto influye en las decisiones relacionadas con el clima porque los jueces tienen que equilibrar la protección del medio ambiente con otros intereses sociales, cuyo cumplimiento puede depender del extractivismo. Aun así, los recursos procedentes del extractivismo no suelen ser suficientes para financiar instituciones públicas eficaces, lo que constituye, a su vez, un obstáculo fundamental para la aplicación de las sentencias. En el caso de Generaciones Futuras en Colombia, tres años después de la sentencia, la Amazonía sigue desapareciendo.
Conclusión
Dados los puntos en común de las constituciones latinoamericanas, los litigantes pueden aprovechar y construir desde los éxitos obtenidos por otros. Los litigios sobre el clima en América Latina son un fenómeno incipiente que ya muestra algunos avances prometedores. Sin embargo, dada la posición de América Latina como emisor per cápita relativamente pequeño, es probable que los litigios sigan colocando el cambio climático como un argumento periférico para la protección de ecosistemas clave que son vitales para la supervivencia de miles de comunidades locales.
Este artículo se publicó por primera vez en ohrh.law.ox.ac.uk