Los litigios climáticos crecen sostenidamente

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La respuesta a la emergencia climática continúa siendo insuficiente en la inmensa mayoría de los países. El colapso global causado por la Covid-19 se ha potenciado por la crisis climática, dado que a mayor deterioro del medio ambiente mejoran las condiciones ambientales para la proliferación de virus y bacterias.

La preocupación de quienes desean cambiar esta situación, deseo que compartimos plenamente, ha conducido a la interposición de acciones judiciales para frenar el avance arrollador del cambio climático. Esas acciones han tenido un grado importante de efectividad, gracias a la actitud valiente de algunos jueces que han sabido interpretar el ordenamiento jurídico nacional e internacional en temas ambientales, climáticos y energéticos entre otros, y leer claramente el mensaje de que no hay más tiempo que perder.

En la medida que esas acciones se han vuelto más frecuentes y numerosas, el acervo normativo que las sustenta se ha hecho más coherente, uniforme y fuerte. Esta conclusión puede extraerse de los informes sobre litigio climático publicados por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). El reporte de 2017 por ejemplo, da cuenta de 884 casos en 24 países, correspondiendo a los EE.UU 654 litigios.

El más reciente de 2020 titulado Global Climate Litigation Report hace referencia a 1.550 procesos judiciales en 38 países, correspondiendo a EE.UU 1.200. Esto significa que en tan solo 3 años casi se han duplicado tanto las acciones como el número de países a donde han llegado las acciones judiciales, teniendo a EE.UU como el epicentro. En un número considerable se establece la relación entre el cambio climático y los derechos humanos y otros buscan promover políticas climáticas acorde con los compromisos de los Estados derivados del Acuerdo de Paris sobre cambio climático.    

El reporte 2020 destaca particularmente la Opinión Consultiva (OC-23/17) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la cual el máximo tribunal interamericano concluye que el derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano que emana de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La OC, señala el informe, aborda el cambio climático en su totalidad, reconociendo que interfiere en el disfrute de los derechos humanos, y específicamente declara, entre otros aspectos, que: “a efectos de respetar y garantizar los derechos a la vida e integridad: a) Los Estados tienen la obligación de prevenir daños ambientales significativos dentro o fuera de su territorio…” y, b) regular, supervisar y fiscalizar las actividades bajo su jurisdicción que puedan producir un daño significativo al medio ambiente…”.

Por otro lado, hay que subrayar el papel determinante que están jugando las movilizaciones ciudadanas y en particular de jóvenes a nivel global, que además de visibilizar la gravedad del problema, están sensibilizando a más a actores claves e inclinando poco a poco la balanza en favor de una transición verde justa. No obstante y a pesar de este esfuerzo dichas acciones continúan siendo insuficientes.

En el futuro próximo se espera que los litigios climáticos se incrementen sustancialmente, en particular por la falta de acciones decisivas de los Estados y las Empresas. En paralelo la sociedad civil organizada explora a diario alternativas y apela a todos los recursos legales que tiene a la disposición.

América Latina y el Caribe plagada de focos ambientales y violaciones de derechos humanos asociados a la explotación de sus riquezas naturales, será un escenario donde se librarán intensas batallas judiciales. 

Las grandes corporaciones que durante décadas se han beneficiado violando los derechos humanos de los trabajadores, campesinos, pueblos originarios, niñas y niños, en muchos casos tratados como esclavos, deben dar paso a los cambios necesarios para preservar la vida en cada rincón de nuestro planeta, de este modo se podría perder menos tiempo en largos procesos judiciales que probablemente no les favorecerán.

La pospandemia puede tener un impacto mayor en el volumen de los litigios climáticos que se interpondrán en los próximos años. La implementación de políticas públicas que flexibilizaron las regulaciones ambientales bajo el argumento de la reactivación económica, profundizarán los daños al medio ambiente y las violaciones de los derechos humanos, en particular en aquellos países que optaron por esa vía para enfrentar la Covid-19, como es el caso de México y EE.UU en la era Trump, entre otros.

Finalmente les comparto las tendencias más importantes que destaca el informe Global Climate Litigation Report 2020 Status Review, animándolos a su lectura.

Global Climate Litigation Report 2020 Status Review