Las cadenas del populismo

Las cadenas del populismo

Entre nubes y sueños se encontraba Yuliana Samboni. Ella estaba lista para vivir, crear y ser. Ella que, con su familia, desde la esperanza de una vida distinta, en paz, frente al dolor de la guerra en su territorio, terminó en Bogotá. Ella, que, como muchos, hacía parte de los nadies para este Estado, donde la pobreza, el racismo y la misoginia hace parte de su desgarrador final. Ella seguramente, como muchas personas desplazadas por la guerra, soñaba tener un cambio de vida para bien y, como parte del relato de nuestro país termina perdiéndolo todo por un Divino, como diría Laura Restrepo.

¡Cadena perpetua! Gritan. Piden justicia por las niñas y niños de este país, piden que ningún hombre o mujer puedan quitarle su vida, dignidad e inocencia… Cualquiera ve el tema, su debate y diría ¡sí, necesitamos cadena perpetua!, nos funciona más la reacción, la venganza y el odio, que entender el porqué de la impunidad en Colombia, no solo en casos de violencia sexual contra niños menores de 14 años, sino para cualquier delito donde se mezcle poder (dominación), raza, género y/o dinero. El clasismo colombiano, como nos lo recordaba hace algunas semanas Ricardo Silva en su columna en El Tiempo, no reconoce la vida de nadie más que de la propia y la de su club selecto de amigos y familia. Gritan cadena perpetua mientras mueren niños en la Guajira, el Chocó, el Cauca, Amazonas, Guainía, Caquetá y todo lo que quede lejos de la centralidad, todo por un sistema de salud inexistente en los territorios, un Estado que solo se encuentra en la centralidad de Bogotá y las principales ciudades de Colombia, una guerra incansable y una división de clase, raza y sexo. A Yuliana y la injusticia de su caso, como la terrible realidad de su familia no se la dio la falta de cadena perpetua sino el ser pobre, indígena y mujer.

Miremos el relato por pedazos del caso de Yuliana en la justicia y cómo se refiere dentro de la opinión pública: 

(1) Según el medio de abogadas y abogados de Bogotá, los hermanos Noguera sí alteraron la escena del delito (alteración con aceite para borrar huellas) y el estado de Rafael Noguera (a través de alcoholizarlo y drogarlo para ser declarado inimputable), a partir de una asesoría legal que supuestamente les explica cómo cometer los delitos de receptación y ocultamiento, alteración o destrucción de elementos probatorios, que en caso de haberse llegado a una condena, está habría sido de 4 a 12 años para sus hermanos y el abogado que supuestamente asesoró este hecho tan macabro. Pero… ¿Será que esto es cierto o solo es una invención a causa del dolor colectivo por el asesinato y violencia sexual sufrido por Yuliana?; 

(2) Rafael Noguera cuenta con recursos necesarios para tener toda una ayuda legal suficiente, además de contactos dentro de su elite con suficiente poder dentro de las diversas estructuras del Estado en Colombia, como muchos hombres y mujeres que eluden la ley o la vuelven más favorable para ellos, por el hecho de venir de una elite social, cultural, económica y política, casi nadie de clase alta termina pagando por sus crímenes o como ellos llamarían: “por errores de un solo día”. ¿Es acaso posible pensar que Rafael Noguera era la primera vez que cometía un delito atroz contra otro ser humano, en especial contra otra mujer que no venía de su mismo origen social? Lo más probable es que no y seguro no será el único de su elite que los haya cometido, pero como en miles de casos en el mundo, cuando estos son actos perpetrados por actores poderosos las penas son simplemente irrisorias o nunca llegan a ser investigados… En todo caso, es una ventaja que en Colombia al menos su población diga ¡No más, nunca más contra la violencia sexual contra niños y niñas!; 

(3) Nos hemos centrado tanto en su condena, que no se ha hecho suficiente seguimiento de la vida de la familia de Yuliana, quienes no han sido reparados por la familia Noguera por los hechos cometidos por Rafael, tampoco han contado con el apoyo estatal suficiente, al ser víctimas del conflicto armado, que los llevó a venir a vivir a Bogotá y que luego, al sufrir semejante tragedia, tuvieron que volver a su territorio en condiciones de pobreza extrema, traumas psicológicos y expuestos otra vez a los riesgos de la guerra en su territorio. ¿Por qué no hablar de los niños y niñas indígenas, campesinos y afrodescendientes que se suicidan o mueren dentro del conflicto armado y el narcotráfico? Como si en Colombia más de una campaña no hubieran sido financiada desde los 80s por actores ilegales que acaban con la vida de millones de niños y niñas en los territorios.

Y, (4) digamos que la pena de Rafael Noguera cumple la tipificación esperada, eso tendría que estar enmarcado dentro de los artículos de los delitos de feminicidio, como delito principal con delitos conexos de acceso carnal violento en menor de 14 años, con sus agravantes del delito como por las circunstancias de mayor punibilidad. Así mismo, también seguro le tendrían que aplicar las circunstancias de menor punibilidad. Sin embargo, se esperaría que con el ejercicio que realizó el juez para dosificar la pena (es el ejercicio matemático establecido legalmente para determinar la duración y la modalidad posible de condena), esta no fuere menor a 40 años. Y como se denota en las notas de prensa él tiene una pena de 58 años y hasta lo que hemos visto no ha tenido grandes rebajas a su pena, es decir, si se aplica el derecho penal como se espera va a morir en la cárcel, porque no creo que supere los 97 años de edad. Y en caso de que las rebajas sean para una pena de solo 20 años, saldrá a sus 60 años, que sería un despropósito del sistema punitivo colombiano, al poner una pena tan fuerte para bajarle 38 años a su condena inicial. Por lo que realmente no es lógico pensar que se requiera de una cadena perpetua para que algún violador o asesino de niñas o niños salga de la cárcel en poco tiempo. Es cierto, las penas por acceso carnal violento contra niños y niñas menores de 14 años solo ascienden entre 12 a 20 años, pero eso se arregla con una modificación al código penal y con estudios que reflejen cuál es la mejor medida, no con una cadena perpetua. 

Por lo que, si fuéramos un poco serios y nuestros congresistas, a quienes se les paga para tener un equipo formado y capacitado para estos debates como un buen salario a ellos, harían inversiones en buscar expertos en derecho penal, derecho constitucional e internacional que les explique sobre qué pueden hacer dentro del marco constitucional y legal colombiano, en vez de tomar medidas populistas que no resuelven el problema y que además es un gasto innecesario de recursos del Estado para debates inocuos. Y el debate no giraría sobre una cadena perpetua que a todas luces es inconstitucional por violar el principio de no sustitución de la Constitución y las normas supranacionales, los tratados internacionales de derechos humanos, que prohíben la cadena perpetua, que daría para después indemnizar a familias como la de Noguera y a él por desconocimiento de los derechos del reo. No, me niego a pensar que somos tan ilusos y cortos de creatividad, para hacer un debate de esta magnitud, que además es un refrito, cuando hay tantos temas por resolver y que con esta modificación constitucional no ayudaría en nada a los casos de víctimas de violencia sexual frente a quienes piensan que la ley no es para ellos por el solo hecho de tener dinero, poder y/o status social puede hacer lo que quiera y que este país no va a decir nada. 

¿Debemos mejorar en la implementación de la justicia? Sí, debemos mejorarla, pero esas herramientas nos la da el código penal colombiano, Rafael Noguera como muchos feminicidas deben tener la aplicación legal del código penal más fuerte y exigente, pero también quienes se roban el erario público para la atención de miles de niñas y niños en el país, cuando se roban los dineros destinados a su atención en salud, en educación, alimentación, en su derecho a la paz, en su derecho a vivir libres de violencias, de un ambiente sano y con sueños de un Estado justo, que deja de garantizar los derechos de la mayoría para beneficiar los derechos de pocos.

¿Queremos cambiar las normas para que menos niños mueran por las injusticias de un sistema clasista, racista y misógino? Hay soluciones más reales y posibles, pero ninguna tiene que ver con la cadena perpetua. Las soluciones están en: (1) modificar las circunstancias de menor punibilidad para que ninguna persona que atente sexualmente o de diversas formas, como robarse los recursos de los niños, puedan aplicársele las circunstancias de menor punibilidad, que les permite tener ventajas dentro del sistema penal, como la reducción de su condena por buen comportamiento o trabajos dentro de la cárcel, habría que revisarlo muy bien con estudios reales en qué casos debería ser tan fuerte la ley penal o en qué casos es mejor aplicar el principio restaurativo de la pena; (2) que los delitos cometidos contra niños y niñas tampoco tenga atenuantes punitivos, que también habría que revisar muy bien para no violar el principio de ultima ratio, debido proceso, derecho a la igualdad y dignidad humana del derecho penal; (3) revisar la forma en que se ha venido realizando la dosificación de la pena, para que no parezca que se hace a libre albedrío del juez, sino que hay un estudio real sobre ello, que en todo caso hay que revisar sí este es el verdadero problema o es una aplicación desleal con el sistema por parte de los jueces; (4) examen adicional, otro preparatorio o examen del Estado, para los estudiantes de derecho que busquen obtener su tarjeta profesional, para que tengan que presentar un examen especializado sobre su ética personal y profesional como abogado, todo esto para determinar si la persona es apta para ejercer el derecho con ética irreprochable, porque al fin al cabo de que hayan rumores de que un abogado se prestó para decirles a sus amigos o clientes como violar la norma y más en este tipo de casos deja mucho que desear de quienes ejercen una profesión tan importante en este país y loable, como es el derecho de sus pueblos; y, (5) los jueces deberían surtir un examen que califique sus conocimientos como jurista como sus capacidades éticas para impartir justicia con la debida imparcialidad y principios rectores de la constitución. No puede ser que se permitan actuaciones de ley que violen los principios constitucionales de un país, que violen nuestro contrato social.