La despenalización social del aborto: un camino hacia el ejercicio legítimo del derecho a decidir

Causa Justa

Hablar del aborto en Colombia y en cualquier lugar del mundo nos lleva casi siempre a pensar en cómo las sociedades históricamente han construido juicios e imaginarios sobre lo que esta práctica implica y, asimismo, se han reproducido prejuicios y estigmas sobre quienes hoy deciden de manera libre y voluntaria interrumpir su embarazo como un derecho reconocido en el sistema constitucional y en las normas de nuestro país. Por ello, pese a lograr avances en el reconocimiento jurídico del aborto como un derecho derivado de la autonomía reproductiva de las mujeres y de las personas gestantes, no podemos desconocer que resulta insuficiente este importante logro si no se abordan también cambios sociales y culturales que transformen la conciencia individual y las representaciones colectivas de lo que se entiende por legítimo, justo y moralmente válido sobre este asunto. Así, cuando hablamos de la importancia de abordar la despenalización social del aborto, nos referimos exactamente a esos cambios profundos de paradigma y a generar esas conversaciones, muchas veces incómodas, pero necesarias, en los diferentes ámbitos sociales, como la familia, las comunidades, la educación, las iglesias, los medios de comunicación, el trabajo, entre otros.

Sabemos que el camino para esa transformación social y cultural sobre el aborto es desafiante y complejo, y aquí recobra sentido traer el concepto de justicia epistémica discriminatoria de Miranda Fricker1, usado para definir el daño que se puede generar hacia una persona en su estatus de sujeto epistémico como resultado de un poder estructural y sistemático que la oprime y desacredita, ya que se considera que lo que dice o representa tiene un menor “valor” con ocasión de su identidad social, su origen, pensamiento, etc. Esto es precisamente lo que sucede cuando las mujeres en todas sus diversidades son históricamente cuestionadas por decidir realizarse un aborto como una opción ante maternidades no deseadas, así sea ejerciendo su ciudadanía o desde sus opiniones individuales. De esta manera, se entiende que la vida y las decisiones de las mujeres han estado mediadas por relaciones de poder, sustentadas en un sistema patriarcal de quienes han tenido la potestad para crear normas y teorizar sobre ellas, a partir de una supuesta credibilidad o legitimidad para reproducir e imponer prácticas y narrativas basadas en prejuicios y estigmas morales.

Quien piensa en el aborto como una decisión responsable, legal, legítima y ética, de antemano se enfrenta al juicio moral o penal de una acción considerada social y culturalmente inválida o moralmente inaceptable por parte de algunos sectores de la población que de modo usual están permeados por visiones conservadoras, en muchos casos basadas en criterios religiosos, que bajo el argumento de la protección de la vida en cualquier etapa niegan que la mujer es un sujeto pleno de derechos con autonomía para decidir sobre su cuerpo y cuya vida también tiene que ser protegida. De manera que se impone un imaginario colectivo que se ha construido para negar los argumentos y las decisiones de las mujeres, aunque estos sean moralmente válidos.

Ante esto, cabe preguntarnos: ¿por qué se ha juzgado con tanta dureza a las mujeres y a las organizaciones que defienden el aborto como un derecho?, ¿por qué se han subestimado los argumentos sobre el derecho a decidir, imponiéndose así creencias religiosas e imaginarios sociales y culturales bajo una supuesta moral única u objetiva?

Teniendo esto presente, el aborto no es un asunto estático ni detenido en el tiempo; por lo tanto, no puede limitarse ni mucho menos imponerse solo desde una perspectiva biologicista, filosófica o religiosa sobre el inicio de la vida: necesita ser observado también desde los ámbitos social y cultural, y la influencia en doble vía que ha tenido con lo jurídico.

Para nadie es desconocido que a lo largo de la historia las leyes y regulaciones sobre el aborto han reflejado y moldeado las necesidades, los contextos, los valores, las luchas y las actitudes de la sociedad hacia esta práctica. Por lo tanto, en la medida en que se ha cuestionado la legitimidad de las leyes con ocasión de las transformaciones sociales, estas han ido evolucionando para reconocer el derecho al aborto como parte de los derechos reproductivos de las mujeres; además, se han abierto caminos para cambios significativos en cuanto a su percepción y aceptación social. 

En Colombia, dos momentos destacan como catalizadores de la transformación normativa y social en torno al aborto. El primero se dio en 2006, cuando la Corte, en un análisis de constitucionalidad del Código Penal, introdujo tres causales de despenalización al delito de aborto. Este reconocimiento estableció una relación directa entre el aborto, el ejercicio del derecho a la dignidad humana y el desarrollo de los derechos a la salud y la vida. Como resultado, el Estado colombiano comenzó a desmontar la criminalización del aborto, al menos en tres casos, reconociéndolo como parte integral de los servicios de salud y otorgando a las mujeres la posibilidad de acceder a estos servicios y reclamarlos en caso de ser negados u obstaculizados.

Esta decisión marcó un cambio de paradigma en la perspectiva de las narrativas de los actores involucrados y que influenciaban principalmente el debate. Por ejemplo, mientras se avivaron los discursos religiosos que condenaban la decisión de la Corte, también se llevó a abordar el concepto de la vida humana desde una perspectiva basada en los derechos, más que desde una visión divina inmutable. Asimismo, en las organizaciones de mujeres, esta decisión permitió un espacio diferente para posicionar argumentos basados en los derechos humanos, la justicia social, la igualdad de género, la salud pública y la laicidad del Estado, entre otros, alentando así la legitimidad de sus luchas y haciéndolas a su vez más públicas y visibles.

De modo que se contaba con una base normativa legítima para respaldar las reivindicaciones frente al derecho a decidir sobre la interrupción del embarazo, al menos en esas tres causales. En ese sentido, a las mujeres que optaban por el aborto, esta decisión les proporcionaba un marco de seguridad para no ser judicializadas ni perseguidas penalmente y para acceder a cuidados médicos, en lugar de verse obligadas a recurrir a abortos inseguros y clandestinos. Por su parte, a los profesionales de salud les permitía practicar abortos sin temor a la criminalización y, hasta en casos de objeción de conciencia, tenían la opción de no realizar el procedimiento, con la debida argumentación de cada situación. Al sistema judicial, las reclamaciones por vía de acción constitucional de tutela le permitieron la creación de lineamientos jurisprudenciales que reforzaron el marco del aborto como un derecho. Pese a los múltiples obstáculos y las barreras jurídicas, en el sistema de salud y las de tipo sociocultural, contar con este marco jurídico indudablemente permitió escalar la conversación sobre el aborto más allá del marco moral y religioso para situarla desde otras perspectivas y otros contextos mucho más seculares desde el ámbito de los derechos.

Cabe resaltar que este avance normativo poco a poco motivó cambios más amplios en lo social. No hay duda: desafió los patrones sociales y culturales e inspiró a más movimientos sociales a ampliar la visión sobre los derechos sexuales, la justicia reproductiva y la igualdad de género. Este proceso incidió posteriormente en el gran paso hacia el segundo hito frente al aborto en Colombia y el más importante en materia de autonomía reproductiva para las mujeres y personas gestantes: la promulgación por parte de la Corte Constitucional de la histórica Sentencia C-055 de 2022, promovida por el movimiento Causa Justa, en la que se eliminó el delito de aborto del Código Penal hasta la semana 24 de gestación.

Esta despenalización representó un cambio sustancial en la percepción y aceptación social del aborto, incluso respecto de la despenalización en las tres causales contenidas en la Sentencia C-355 de 2006, pues la opinión pública ante la decisión de la Corte con respecto a permitir de manera legal el aborto hasta la semana 24 de gestación se comenzó a expresar con mayor benevolencia hacia la aceptación de las tres causales de 2006. Así, los grupos conservadores se situaron en un punto de no retorno y terminaron implícitamente aceptando que abortar era aceptable solo si se enmarcaba en los tres casos que la Corte había propuesto. ¿No es esto acaso un cambio en el imaginario social?

Con la sentencia de 2022, otro es el panorama social en torno al aborto. Este se reposicionó como un tema vigente en lo social y en lo político, y se estableció el derecho de las mujeres a tomar decisiones sobre su propia libertad, su salud y cuerpo con un marco normativo que protege y respalda este derecho fundamental.

Desde esta perspectiva, los avances normativos sobre el aborto han sido fundamentales como sustento en la búsqueda de transformar la conciencia social ante este tema, de por sí tan polarizado y controvertido. Cuando un país promueve cambios normativos para despenalizar el aborto, está enviando un mensaje claro de que reconoce el derecho de las mujeres a tomar decisiones sobre su propia salud reproductiva. Este reconocimiento legal no solo protege los derechos individuales, sino también desafía las normas sociales y culturales arraigadas, así como los estigmas que rodean el aborto. Esto es lo que podemos nombrar despenalización social.

A medida que más personas se familiarizan con las normas que respaldan el derecho al aborto y comprenden las circunstancias en las que se permite, se produce un cambio gradual en la percepción social. Así, la conversación pública sobre el aborto se vuelve más informada y matizada, lo que lleva a una mayor comprensión de las complejidades y realidades que rodean esta práctica.

No obstante, puede ser que en esa transformación social subsistan ideas y posturas que se arraiguen con mayor fuerza a los fundamentalismos. Ejemplo de ello es que con la despenalización hasta la semana 24 el aborto se convirtió en el centro de atención de los políticos antiderechos, pues fue su propósito oponerse a lo dispuesto por la Corte sin rodeos ni disimulos. Justo en marzo de 2022, durante las elecciones legislativas para posesionar el nuevo Congreso del periodo 2022-2026, uno de los principales objetivos de movimientos ciudadanos católicos y evangélicos fue promover la elección de congresistas “provida”. Con la posesión del nuevo Congreso en julio de 2022, se aceleró la implementación de la agenda antiderechos y con ello algunos discursos de odio, cargados de simbolismos violentos en contra de las decisiones de las mujeres.

Vale la pena mencionar que las decisiones de las mujeres no se construyen bajo una idea de personas aisladas, sino desde una identidad que interactúa en un contexto y desde un lugar como sociedad que se ha fortalecido, entre otros elementos, desde un tipo de moralidad en la que se establece lo que está bien y lo que está mal, lo que debería ser aceptado o lo que no.

Así, la despenalización del aborto y su categorización como un derecho permiten ver este asunto no solo como la protección del bien jurídico de la vida de la mujer, sino como un bien social que les pertenece a todas las personas que tengan capacidad de gestar. En consecuencia, el hecho de que las legislaciones avancen hacia el reconocimiento del derecho, como pasó en Colombia en 2006 y en 2022, no solo trasciende en lo normativo, sino también en la idea de cómo debe construirse una sociedad y cómo deben tramitarse cambios culturales sobre un asunto que se ha pretendido polarizar desde visiones fundamentalistas que solo conciben la conversación sobre el aborto desde una mirada entre el bien y el mal.

Una sociedad que tiene apertura frente a los cambios en imaginarios y representaciones socioculturales es aquella que comienza a cuestionarse las raíces de la discriminación y las fuentes de la desigualdad que han reproducido la falsa idea de que la mujer tiene valor y se le premia es por su capacidad y voluntad de tener hijos, y se la culpabiliza si aborta o si no tiene el “instinto” de la maternidad.

Los cambios de percepciones y aptitudes sociales nos han llevado de manera paulatina a aumentar el nivel de aceptación social y el respeto a las decisiones de las mujeres frente a ser madre o no serlo, reconociendo cada vez más el valor moral y social de sus decisiones sobre su cuerpo, su proyecto de vida y su libertad de conciencia. Asimismo, aumenta cada vez más el descontento social frente a la penalización o judicialización hacia las mujeres y personas gestantes por decidir abortar.

A medida que el aborto se normalice dentro del marco legal y se reconozca como un derecho legítimo, las personas podrán ser más comprensivas y solidarias con las mujeres que toman esta decisión. Esto puede conducir a una mayor empatía y apoyo hacia las mujeres que deciden abortar, en lugar de juicios y estigmatización.

Así, los avances normativos sobre el aborto no solo tienen un impacto normativo directo, sino también desempeñan un papel crucial en la transformación social. A medida que las leyes evolucionan para reconocer y proteger el derecho al aborto, se abren nuevas oportunidades para un diálogo más respetuoso, comprensivo y cercano sobre este tema que, sin duda, es importante en nuestra sociedad y en la agenda de la democracia.

Es fundamental seguir reflexionando sobre el tema del aborto desde una mirada integral que tenga en cuenta los aspectos sociales, culturales, jurídicos y éticos, con el objetivo de construir una sociedad más justa y respetuosa de los derechos de todas las personas. El aborto y el ejercicio de la maternidad coinciden en el derecho a decidir, por lo tanto, no deberían ser cuestionados ni juzgados por la sociedad.

Por consiguiente, la despenalización social del aborto nos plantea enormes desafíos y grandes oportunidades, que implican transformaciones culturales y sociales para poder resignificar el valor de la sexualidad y la reproducción desde ámbitos de respeto y reconocimiento por la autonomía y el derecho a decidir con libertad.

Como movimiento por la autonomía reproductiva y desde esta Causa Justa que nos ha convocado de múltiples maneras, estamos aquí con el derecho que nos asiste a cuidar y defender lo que hemos ganado, y celebrar la fiesta de la autonomía y la libertad. Seguiremos aquí y en todas partes desafiando los fundamentalismos, defendiendo nuestros derechos desde todas las formas y los contenidos posibles, caminando la palabra, la justicia social y la legitimidad del aborto, y trabajando por su urgente despenalización social y cultural.

Defender lo que hemos ganado con tanto esfuerzo en el marco de esta democracia nos tiene que seguir juntando, animando y fortaleciendo para que esta marea verde siga subiendo, siga creciendo con más fuerza, con más argumentos, más alegría, más creatividad, rebeldía e irreverencia… Recuerden que el cambio social y cultural no es fácil, por ello, esta ola de cambio que hoy nos invade y que hoy nos convoca frente al derecho a decidir tienen que volverse eco para seguir caminando por la justicia, la libertad y la igualdad.


1. Fricker, M. y Bernabéu, C. (2021). Conceptos de injusticia epistémica en evolución. Las Torres de Lucca. Revista Internacional de Filosofía Política, 10(19), 97-103. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8022184