Entre 2019 y 2021 fueron judicializados 86 defensores de DD.HH., dice informe

Así lo documentó el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, que presentó el informe Criminalización de la Defensa de los Derechos Humanos. La publicación aborda los casos de 19 defensores procesados por la justicia, entre ellos emblemáticos líderes agrarios y del movimiento del Paro Nacional.

Robert Daza, Teófilo Acuña y Adelso Gallo

 

Entre la tarde del martes 15 y la madrugada del miércoles 16 de diciembre de 2020, en tres operativos casi simultáneos, fueron capturados los líderes agrarios Adelso GalloTeófilo Acuña y Robert Daza en Villavicencio (Meta), Pasto (Nariño) y Barranco de Loba (Bolívar). Los tres, emblemáticos líderes del movimiento agrario en Colombia, fueron sindicados de rebelión agravada y terrorismo, y los relacionaron con la guerrilla del Eln.

Adelso Gallo es un dirigente campesino del centro oriente del país, miembro y expresidente de la Asociación Nacional Campesina José Antonio Galán Zorro e impulsor de la Cooperativa Agropecuaria del Sarare; Robert Daza es vocero de la Cumbre Agraria, integrante del Congreso de los Pueblos, del Coordinador Nacional Agrario (CNA) y del Comité de Integración Social del Macizo Colombiano (CIMA), y Teófilo Acuña era entonces un reconocido líder del Magdalena Medio, integrante de la Comisión de Interlocución del sur de Bolívar, Centro y Sur del Cesar, Sur del Magdalena y los Santanderes.

Pero, luego del despliegue que dieron las autoridades a sus capturas, apenas seis después los tres fueron puestos en libertad por orden de un juzgado. Sin embargo, poco más de un año después, en febrero de 2022, el líder Teófilo Acuña fue asesinado en su vivienda en San Martín (Cesar).

El caso de estos tres líderes hoy hace parte del informe Criminalización de la Defensa de los Derechos Humanos en Colombia, que presentó este martes el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP). La investigación documentó que 86 personas defensoras de derechos humanos fueron judicializadas en el país entre julio de 2019 y noviembre de 2021, en medio de un contexto de agitada movilización social. “El 2021 ha sido un año en el cual se estigmatizó de manera contundente la protesta social y a quienes defienden los derechos humanos”, sostiene la publicación.

El de Acuña, Daza y Gallo es uno de los siete casos que documenta en profundidad el informe, sobre 19 defensores y defensoras judicializadas en ese lapso. Entre ellos está también Jimmy Moreno, otro representativo dirigente de la Cumbre Agraria y el Congreso de los Pueblos, que tiene interlocución con el Estado para exigir derechos colectivos y del territorio. Precisamente por esa capacidad integra también el Comité Nacional del Paro, que ha convocado buena parte de las movilizaciones desde noviembre de 2019.

El 28 de septiembre de 2021, el líder fue capturado en Popayán mientras participaba de las movilizaciones del paro nacional. Según el informe del CSPP, para la Fiscalía se trata de un líder con gran capacidad para movilizar masas y con una capacidad desestabilizadora. Su facultad para tener diálogos con altos funcionarios del Gobierno es vista por la Fiscalía como “un acceso de enemigos de la institucionalidad” a dichas entidades. Su pertenencia a distintas organizaciones sociales y su posición en ellas también es vista como una amenaza, dice el informe, y “los ejercicios de organización entre el movimiento social y de derechos humanos son percibidos como acciones necesariamente subversivas”. Siete días después, el 5 de octubre de 2021, Moreno fue puesto en libertad por orden de una jueza, quien consideró que la Fiscalía, más que tener un conjunto de elementos probatorios contundentes, se centraba en inferencias.

Personas defensoras de derechos humanos judicializadas en Colombia 2012 - 2021

El informe también documenta el caso de los líderes populares y barriales David Ravelo Gutiérrez, Jaime Hernando Olarte, Yéiner Alexander Avendaño, Víctor Hugo Ruiz, Yeison Franco y Julio Martínez Táutiva, capturados el 29 de enero de 2020. A los seis, la Fiscalía los señaló de pertenecer a células urbanas de los frentes primero, séptimo y décimo de las disidencias de las Farc, al mando de Gentil Duarte.

Según el informe, el hecho hace parte de una estrategia para deslegitimar la protesta social. Dos meses antes, el 19 de noviembre de 2019, (a dos días del Paro Nacional convocado para el 21 de noviembre) desde las 3 de la mañana se realizaron 27 diligencias de allanamiento en Bogotá y Soacha. “Todas las diligencias fueron dirigidas en contra de personas que hacían parte de colectivos barriales y/o artísticos de la ciudad y el municipio quienes en días previos habían participado en ejercicios de difusión y convocatoria a la movilización social”.

Sobre la captura de estas seis personas se pronunció entonces la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, quien aseguró que la evidencia en contra de ellos era sólida. En todos los casos la defensa tiene establecido que la audiencia preparatoria se desarrollará en el primer semestre de 2022.

Un caso similar es el de las cuatro personas capturadas en Bogotá en septiembre de 2020, también señaladas de pertenecer a las disidencias de las Farc e impulsar actos vandálicos en las protestas. Se trata de Erika Flórez, Greyssi Perilla, Justo Ernesto Villarraga y Miguel Ángel Parga, a quienes se les responsabilizó de reclutamiento, selección y adoctrinamiento de jóvenes para la planeación y coordinación de hechos de vandalismo en la capital. En este caso, la Fiscalía ha presentado audios y otras pruebas para demostrar su culpabilidad.

Según el CSPP, se trata de un caso en el que ejercer la verificación de derechos humanos en las movilizaciones es visto como un delito. Así lo demuestra para la publicación el hecho de que, por ejemplo, a Justo Ernesto Villarraga, de 73 años, le fueron encontrados documentos que el ente investigador asoció con un supuesto “Manual para vándalos”. En realidad, el documento contiene puntos clave no para ejercer acciones violentas, sino para ejercer veeduría ciudadana al actuar de la Fuerza Pública en la protesta social. Por eso, el documento contiene indicaciones como “no pueden retener cámara”, “no empadronamiento”, “gritar datos”, para quienes son detenidos, así como indicaciones para conformar esquemas de derechos humanos o la Comisión de Verificación e Intervención de la sociedad civil. Todas, acciones reglamentadas en la normativa nacional.

“La Fiscalía General de la Nación hace una interpretación mediante la cual la formación en materia de derechos humanos, especialmente la referida a los marcos de actuación de la Fuerza Pública y el ejercicio de verificación ciudadana, son equivalentes a un delito por cuanto implican, en su sentir la coordinación de acciones violentas en el marco de las manifestaciones”, denuncia el informe.

Personas defensoras judicializadas entre julio 2019 y noviembre de 2021 por sexo reportado

Los excombatientes de las Farc, firmantes del Acuerdo de Paz, también aparecen referidos en el informe. Allí se incluyó el caso de Harold Ordóñez, quien como contó en su momento Colombia+20, fue capturado por las autoridades señalado de ser “Óscar”, miembro de las disidencias de las Farc en Sevilla y Tuluá, Valle del Cauca. Pero como se comprobó en el proceso, se trataba de un líder comprometido con la reincorporación quien incluso trabajaba con la secretaría de Paz de la gobernación y con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

Según la publicación, el caso de Harold Ordóñez cumple con dos objetivos: “criminalizar a las personas defensoras y desprestigiar el Acuerdo Final de Paz bajo la idea de incumplimiento de las personas firmantes con lo cual igualmente se les estigmatiza”.

 

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Este artículo fue publicado en ElEspectador.com